Impuesto de Emisiones de CO2 para coches: Guía completa
Ante el desafío del cambio climático, se han implementado diversas medidas para reducir las emisiones de CO2 de los vehículos. Una de ellas es el impuesto de emisiones de CO2, diseñado para fomentar la compra de vehículos eficientes y eco-amigables. Este artículo explora los detalles de este impuesto, su cálculo, y su impacto en la promoción de una movilidad sostenible.
¿Qué es el Impuesto de Emisiones de CO2?
El impuesto de emisiones de CO2 grava las emisiones producidas por vehículos como turismos y motocicletas. Su objetivo es incentivar el uso de vehículos menos contaminantes, vinculando directamente las emisiones de CO2 del vehículo con el costo del impuesto, incentivando así la reducción de gases de efecto invernadero.
Funcionamiento del impuesto
- Definición: Se basa en las emisiones de dióxido de carbono equivalente (tCO2eq) del vehículo.
- Cálculo: La cantidad a pagar depende directamente de las emisiones de CO2 del vehículo.
- Pago: Los detalles del proceso de pago varían, pero generalmente se realiza anualmente o al momento de registrar el vehículo.
Impacto y beneficios
- Desincentiva la compra de vehículos con altas emisiones de CO2.
- Estimula la demanda de vehículos más limpios y eficientes.
- Promueve la innovación en tecnologías sostenibles por parte de los fabricantes.
- Contribuye a proyectos ambientales mediante la recaudación generada.
- Ayuda a proteger el medio ambiente al reducir las emisiones globales de gases de efecto invernadero.
¿Para qué vehículos es el Impuesto de CO2 obligatorio?
Criterios de aplicación
Este impuesto se aplica a los vehículos registrados a nombre de personas con domicilio fiscal en Cataluña al final del ejercicio fiscal. A continuación, se detallan las categorías afectadas y las condiciones específicas para cada tipo de vehículo:
Tipos de vehículos y condiciones
- Turismos (categoría M1): Vehículos de hasta un máximo de 9 plazas con emisiones de CO2 superiores a 120 g/km.
- Furgonetas (categoría N1): Vehículos de hasta un máximo de 3,5 toneladas con emisiones de CO2 superiores a 160 g/km.
- Motocicletas y similares (categorías L3e, L4e, L5e, L7e): Vehículos con emisiones de CO2 superiores a 120 g/km.
Exenciones y no sujetos al impuesto
Están exentos del impuesto:
- Vehículos eléctricos al 100%.
- Turismos y motocicletas con emisiones inferiores a 120 g/km.
- Furgonetas con emisiones inferiores a 160 g/km.
- Ciclomotores, camiones y vehículos de más de 3,5 toneladas.
- Autocares y vehículos autorizados para transportar más de 9 personas.
Domicilio fiscal y exenciones específicas
El impuesto se aplica a todas las personas físicas y jurídicas con domicilio fiscal en Cataluña que sean titulares de un vehículo sujeto al impuesto. Las entidades sin residencia fiscal en Cataluña, pero con establecimientos en la región, también están sujetas al impuesto si poseen vehículos registrados en Cataluña. Están completamente exentos del impuesto:
- Vehículos oficiales, de representaciones diplomáticas y de organismos internacionales.
- Ambulancias y vehículos de transporte sanitario.
- Vehículos adaptados para personas con movilidad reducida (uno por sujeto pasivo).
- Vehículos con matrícula histórica y vehículos clásicos (bonificación del 100% de la cuota).
Adicionalmente, no están obligados a pagar el impuesto los propietarios de vehículos cuya cuota a ingresar no supere los 6 euros.
Cálculo y tasas del Impuesto de Emisiones de CO2
Base Imponible y Método de Cálculo
El impuesto sobre las emisiones de CO2 para vehículos de tracción mecánica se calcula con base en las emisiones oficiales de dióxido de carbono por kilómetro, expresadas en gramos de CO2 por kilómetro. Estas emisiones se verifican a través de un certificado expedido por el fabricante o importador del vehículo, aunque también pueden constar en la tarjeta de inspección técnica o en otros documentos oficiales. Cuando no se disponga de datos oficiales, la base imponible se calculará según las fórmulas establecidas en la Ley del cambio climático:
- Turismos y furgonetas (categorías M1 y N1): entre 35 y 499 gCO2/km.
- Motocicletas (categorías L3e, L4e, L5e, y L7e): entre 25 y 249 gCO2/km.
Si el período impositivo no coincide con el año natural, el impuesto se prorratea por el número de días del año en que el vehículo estuvo registrado.
Tarifas por Tramos de Emisión
Las tarifas aplicables varían según las emisiones oficiales de CO2 por kilómetro del vehículo, estructuradas de la siguiente manera:
a) Tarifa para Turismos (M1) y Motocicletas (L3e, L4e, L5e, L7e):
- Hasta 120 g/km: 0 €/g CO2/km
- 121 - 140 g/km: 0.55 €/g CO2/km
- 141 - 160 g/km: 0.65 €/g CO2/km
- 161 - 200 g/km: 0.80 €/g CO2/km
- Más de 200 g/km: 1.10 €/g CO2/km
b) Tarifa para Furgonetas (N1):
- Hasta 160 g/km: 0 €/g CO2/km
- Más de 160 g/km: 0.30 €/g CO2/km
Bonificaciones Disponibles
- Vehículos con matrícula de vehículo histórico: Bonificación del 100%.
- Domiciliación del pago de los recibos: Bonificación del 2%, condicionada a la elección de notificaciones electrónicas en caso de alta en el padrón.
- Vehículos clásicos (mínimo 30 años de antigüedad): Bonificación del 100%, requiere certificado de idoneidad por la Federación Catalana de Vehículos Históricos.
Estas estructuras tarifarias y bonificaciones reflejan el esfuerzo por incentivar el uso de vehículos menos contaminantes y apoyar la conservación de vehículos históricos y clásicos, alineando políticas fiscales con objetivos ambientales.
Cómo pagar del Impuesto sobre Emisiones de CO2
Opciones de pago
- Pago por internet: Disponible desde el 1 de septiembre de 2024 en la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña. Se aceptan métodos como tarjetas de crédito, cargo en cuenta corriente y Bizum.
- Pago por teléfono: Mediante llamada al número 012 para un proceso automatizado o al 93 551 51 51 para asistencia directa de la ATC.
- Pago presencial: En entidades financieras colaboradoras, oficinas de Correos o en las oficinas y delegaciones de la ATC, preferiblemente con cita previa.
- Pago con código QR: Utilizando el código QR provisto en la carta de pago.
Fechas y plazos importantes
- Domiciliación del pago: Si se domicilia antes del 15 de julio de 2024, el cargo en cuenta se realizará el 20 de noviembre de 2024.
- Pago no Domiciliado: Disponible desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el plazo voluntario de pago que finaliza el 20 de noviembre de 2024.
Recargos por retraso y procedimientos de apremio
- Estado 'Pendiente': Permite el pago fuera de plazo con un recargo del 5%.
- Estado 'En ejecutiva': Si el vehículo consta en este estado, la ATC envía una notificación de deuda con un recargo del 10%.
Las providencias de apremio deben pagarse en fechas específicas según su notificación:
- Notificaciones entre el 1 y el 15 del mes: Pago hasta el día 20 del mismo mes o el siguiente día hábil.
- Notificaciones entre el 16 y el último día del mes: Pago hasta el día 5 del mes siguiente o el siguiente día hábil.
No se computan sábados, domingos ni festivos en estos plazos.
Consecuencias de no pagar el impuesto sobre emisiones de CO2
El no pago dentro del plazo especificado puede iniciar el proceso de embargo de bienes para saldar la deuda.
Para evitar inconvenientes, se recomienda revisar la información detallada y actualizada sobre los procedimientos de pago en la sección 'Pago de deudas y liquidaciones' en la página web de la Agencia Tributaria de Cataluña.